Hostelero

Estas son las licencias que necesitas para abrir un bar.

Abrir un bar es uno de los negocios más habituales en España. Sin tener una formación específica, te da para mantener a una familia. No es un proceso fácil. Requiere inversión y solicitar una serie de licencias y permisos al ayuntamiento y a otros organismos públicos para poder abrir.

El mundo de la hostelería es bastante variado. Conoces personas que han pasado gran parte de su vida laboral trabajando de camarero o en las cocinas de un restaurante y que llegado el momento, deciden abrir su propio bar. Igual que hay propietarios de bar que no han trabajado nunca en el sector y que gestionan su negocio de hostelería con éxito.

A grandes rasgos hay cuatro tipos de negocios de hostelería: los bares, las cafeterías, los restaurantes y los locales de ocio nocturno. Decantarte por una de estas cuatro categorías va a determinar el tipo de productos que puedes servir a tus clientes, el aforo máximo del local, la inversión que necesitas para habilitar el establecimiento, y sobre todo, las licencias y permisos que debes pedir para abrir el negocio.

Para este artículo nos vamos a centrar en la primera categoría, los bares. Establecimientos de hostelería donde principalmente se venden bebidas y si a caso, algunas comidas con escasa preparación.

A pesar de su sencillez, necesitas realizar una serie de trámites ante tu ayuntamiento y otros organismos públicos, por lo general, de tu comunidad autónoma. Algunos de estos trámites se pueden presentar conjuntamente. Es un tema complejo, tanto es así, que algunos empresarios optan por apoyarse en equipos profesionales para que los gestionen. Es el caso de Myriam Martínez, que se puso en contacto con Prada Ingenieros, un estudio de ingenieros de Pozuelo de Alarcón (Madrid) especializados en licencias de aperturas. Myriam les llamó para pedirles un informe necesario para solicitar una licencia y al final se encargaron de todos los trámites.

Volviendo al punto de partida. Estas son las licencias que necesitas para abrir un bar:

Licencia de hostelería.

La página web Traspaso de Restaurante comenta que existen 3 licencias de hostelería. La C-1, C-2 y C-3.

La C-1 va dirigido a los bares que no sirven comida. En estos bares se pueden servir a modo de aperitivo: frutos secos, aceitunas o snacks que no han requerido ningún tipo de elaboración en el establecimiento. Es decir, se sirven en la bolsa o se abre un envase industrial y se presenta en un plato. Este local debe tener un fregadero, para lavar la vajilla, cámaras frigoríficas para las bebidas, pero no puede disponer de fogones, freidora, plancha, ni ninguna máquina de cocción.

La licencia C-2 es la licencia de bar-cafetería. Es un establecimiento en el que se elaboran comidas sencillas o en el que se efectúa algún paso para terminar la comida. Por ejemplo, las cadenas de cafeterías donde la bollería se abastece precocinada y necesita un pequeño golpe de horno antes de servirla en el establecimiento. Este local necesitaría esta licencia. En Cataluña, para obtener la licencia C-2 es obligatorio disponer de salida de humos. Para abrir un bar en el que se sirven bocadillos, sería necesario pedir esta licencia.

La licencia C-3 es la licencia de restaurante. Para esta licencia se necesitan cumplir más requisitos.

Cada comunidad autónoma establece los criterios y los trámites para solicitar las licencias de hostelería. Así como algunos ayuntamientos como Madrid, Barcelona o Valencia. Si la licencia se solicita en el ayuntamiento, se puede tramitar al mismo tiempo que la licencia de apertura. Si bien hay que partir de que se trata de dos licencias distintas y que la licencia de hostelería condiciona la licencia de inicio de actividad.

Licencia de apertura.

Esta licencia se solicita en el ayuntamiento para abrir cualquier tipo de negocio. Debe ir acompañada de un informe redactado por ingenieros que corrobora que el local reúne todos los requisitos necesarios para efectuar la actividad que se pretende realizar en él.

El informe no solo valora las exigencias legales que atañen a la actividad en cuestión, en este caso, la hostelería; sino también estudia cuestiones de interés general como tratamiento de residuos, insonorización del ambiente, plan de emergencias, protección contra incendios, seguridad e higiene y accesibilidad para discapacitados.

La redacción del informe requiere un conocimiento profundo de las normas de urbanismo locales y de arquitectura industrial, para asegurar que el local se ajusta a ley.

Con frecuencia, el informe de los ingenieros es una evaluación previa que puede sugerir algunos cambios, mejoras u obras, que el propietario del negocio deberá acometer para obtener la licencia de inicio de actividad.

La solicitud se complementa con información adicional como los planos del local o el certificado de fin de obra; en el caso de que se hayan efectuado reformas.

Con toda la información recogida, el ayuntamiento estudia el expediente y persona a uno de sus inspectores en las instalaciones para comprobar in situ que todos los datos facilitados son verídicos.

Sin la licencia de apertura es imposible abrir el negocio al público. Abrir un local de hostelería sin la consiguiente licencia de apertura otorgada por el ayuntamiento puede implicar multas que van de los 300 a los 3.000 €, con el cierre inmediato del establecimiento.

Licencia de obras.

Es frecuente que para habilitar el local haya que acometer una serie de obras. Sucede incluso en bares que se han traspasado. Bien porque el propietario quiere darle un toque personal, para adaptar el establecimiento a las exigencias legales actuales o porque el estudio de los ingenieros ha detectado algunas deficiencias a subsanar.

La licencia de obra se solicita en el ayuntamiento y como explica el portal inmobiliario Fotocasa, puede ser licencia de obra menor, si no requiere grandes cambios en la finca; o licencia de obra mayor, si implica modificaciones sustanciales o afectan a elementos estructurales del edificio.

Es recomendable solicitar la licencia de obra, al menos con 15 días de antes del inicio de los trabajos.

Los ayuntamientos regulan este asunto. Por lo que es la normativa municipal la que establece los pasos a dar y la documentación a presentar para solicitar esta licencia. En algunos ayuntamientos de España, para iniciar obras menores tan solo hay que presentar una comunicación previa. Es decir, rellenar un formulario en el que se notifica el inicio de las obras, la fecha aproximada de finalización y los trabajos concretos que se piensan realizar. El acuse de recibo o la copia de la solicitud, autoriza al propietario a iniciar las obras inmediatamente.

Solicitar la licencia de obras mayores es más complejo. La solicitud hay que acompañarla con un proyecto técnico elaborado por un arquitecto. En este caso, el ayuntamiento puede tardar meses en conceder la licencia.

En estas obras de mayor calado, sin la licencia de obra en mano no se puede iniciar la reforma.

Es importante recordar que las obras deban concluir antes de solicitar la licencia de apertura. Por lo que, en caso de que sea necesario, esta licencia es anterior.

Licencia de ocupación de vía pública.

Esta es una licencia opcional que se solicita al ayuntamiento. Tiene carácter provisional. Hay que renovarla cada año, pero si no se tiene en regla, el bar no puede habilitar una terraza en plena calle.

No es imprescindible para abrir el negocio. Se puede solicitar a posteriori. Pero sin ella, el bar no se puede beneficiar de este espacio extra, que en nuestro país representa un aumento considerable de la facturación.

Para solicitarla, los ayuntamientos suelen fijar un plazo determinado, por lo general, el primer trimestre del año.

La licencia suele buscar un equilibrio entre el uso del espacio público y su aprovechamiento privado. La terraza no debe impedir el paso de los peatones por la acera. En el caso de espacios más amplios como calles peatonales, plazas, ramblas o jardines públicos, el ancho de la terraza no debe ocupar más de la mitad del pasillo por el que circula la gente.

Si la terraza se coloca en una acera, no puede extenderse más allá de la fachada del local. De modo que no pueda bloquear la entrada a otras tiendas o negocios y a edificios de viviendas.

En la solicitud de esta licencia, el propietario del establecimiento informa al ayuntamiento del número de mesas, parasoles y otros mobiliarios que piensa colocar en la terraza; pero es el ayuntamiento en última instancia quien autoriza la extensión y composición de la terraza atendiendo a los criterios que hemos ido mencionando en este punto.

Ni que decir tiene que la concesión y renovación de la licencia viene condicionada al pago de tasas e impuestos municipales que se calculan en función de la superficie de la terraza y de su ubicación; centro de la ciudad, calles comerciales, parques y jardines, etc.

Registros sanitarios.

Una vez obtenida la licencia de hostelería y antes o al mismo tiempo que se solicita la licencia de apertura, el bar debe inscribirse en el registro de la Dirección General de Salud Pública de la comunidad autónoma.

En muchas regiones, al no ser considerada una industria alimentaria, sino un establecimiento minorista que atiende directamente al público, basta con presentar una comunicación previa. Una notificación que informa a la Consejería de Sanidad de que en tal dirección se va a servir bebidas y/o comidas al público. Como sucede con todas las comunicaciones previas, la simple copia o acuse de recibo ya autoriza al establecimiento a iniciar su actividad.

Efectuado el registro, el local puede ser objeto en cualquier momento de evaluación por parte del cuerpo de inspectores de sanidad de la comunidad autónoma. Los cuales valorarán las condiciones de seguridad e higiene del local, así como el estado de la comida y bebida que se sirve en el establecimiento.

Toda inspección genera inmediatamente un informe en el que se pueden establecer sanciones por infracciones que se hayan podido apreciar, así como una serie de directrices o sugerencias que el propietario del bar deberá tener en cuenta para prestar un mejor servicio, desde el punto de vista sanitario.

Las directrices son de obligado cumplimiento. En caso de que no se apliquen pueden dar lugar a multas de una mayor cuantía, por reincidencia. Las sugerencias, por otro lado, son recomendaciones, que son importantes atender, pero que no son objeto de multa, en caso de que no se apliquen.

Todo personal que trabaje en el bar debe tener el certificado de manipulador de alimentos. Aunque solo se dedique a servir bebidas o a atender mesas.

Seguro de responsabilidad civil.

La página web Segur Corazón indica que el seguro de responsabilidad civil es obligatorio en muchas comunidades autónomas, ayuntamientos y en contratos de alquiler, para abrir un bar.

No existe una norma que imponga su obligatoriedad a nivel nacional, habrá que consultar la normativa de las administraciones locales y autonómicas para comprobarlo, pero se trata de una medida que se está haciendo cultura.

El seguro de responsabilidad civil protege a terceros de daños que se pudieran causar a consecuencia del funcionamiento del establecimiento. En el caso de los negocios de hostelería, está más que justificado.

Imagínate que un cliente se queja porque le han servido una bebida en mal estado, que los vecinos protestan por el exceso de ruido o que se ha producido un cortocircuito en la cocina que ha afectado al edificio. Estas son situaciones que se pueden dar en un bar y que suelen estar cubiertas en estos seguros.

Algunos ayuntamientos incluyen el seguro de responsabilidad civil entre los requisitos para conceder la licencia de hostelería o de apertura.

Licencia de música.

Esta licencia hace referencia al pago de un canon que deben abonar los locales a la SGAE por el hecho de poner música a sus clientes. No va dirigido a los bares musicales o a los pubs, solamente. Está relacionado con el canon digital. Un controvertido impuesto que fijo la Sociedad General de Autores en su día para abonar los derechos de autor a los compositores de las canciones. La SGAE se reserva el derecho de realizar inspecciones por su cuenta y de reclamar el pago con carácter retroactivo.

Como ves, son varios los trámites que hay que efectuar para abrir un bar.

 

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